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Principios de aportación de parte y acusatorio: la imparcialidad del juez / José Antonio Díaz Cabiale

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: España: Comares, 1996.Edición: 1 edDescripción: 578 páginasISBN:
  • 8481512680
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 18 ed. D345.31 DIA e.1 8
Resumen: La misión del este trabajo consiste en comprobar si la posición del juez respecto a la actividad probatoria en ambos órdenes jurisdiccionales, responde a unos parámetros homogéneos. Por eso, la posible teoría general probatoria podría construirse, en todo caso, a partir de las consideraciones que hacemos, pero nunca ex-ante. Así se explica el tratamiento diferenciado que hacemos de la cuestión en los distintos capítulos: Los dos primeros se refieren al orden jurisdiccional civil, el tercero y cuarto al penal y el quinto, una vez comprobado el nexo común entre ambos, se refiere, en términos generales, a la imparcialidad del órgano jurisdiccional, con especial atención a distintos supuestos que se plantean en el orden penal. Esta realidad, a la que nos referimos en el comienzo del tercer capitulo, constituye una paradoja procesal que sólo puede resolverse impidiendo su planteamiento; y para ello se hace necesario profundizar en los motivos que han llevado a reclamar, en cada orden jurisdiccional, primero la pasividad, y luego la mayor intervención del órgano jurisdiccional o viceversa. Así, a lo largo del primer y segundo capitulo del trabajo, analizamos la cuestión en el orden civil.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D345.31 DIA e.1 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 002817

La misión del este trabajo consiste en comprobar si la posición del juez respecto a la actividad probatoria en ambos órdenes jurisdiccionales, responde a unos parámetros homogéneos. Por eso, la posible teoría general probatoria podría construirse, en todo caso, a partir de las consideraciones que hacemos, pero nunca ex-ante. Así se explica el tratamiento diferenciado que hacemos de la cuestión en los distintos capítulos: Los dos primeros se refieren al orden jurisdiccional civil, el tercero y cuarto al penal y el quinto, una vez comprobado el nexo común entre ambos, se refiere, en términos generales, a la imparcialidad del órgano jurisdiccional, con especial atención a distintos supuestos que se plantean en el orden penal. Esta realidad, a la que nos referimos en el comienzo del tercer capitulo, constituye una paradoja procesal que sólo puede resolverse impidiendo su planteamiento; y para ello se hace necesario profundizar en los motivos que han llevado a reclamar, en cada orden jurisdiccional, primero la pasividad, y luego la mayor intervención del órgano jurisdiccional o viceversa. Así, a lo largo del primer y segundo capitulo del trabajo, analizamos la cuestión en el orden civil.

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