Por iniciativa de la Corte Suprema de Justicia se presento un proyecto de reformas a la legislación procesal penal con el fin de hacer más expedita la tramitación de las causas penales, por lo que se persigue establecer trámites y procedimientos más breves que sin afectar las garantías del debido proceso, permitan un impulso procesal más efectivo, la solución de conflictos y la dilucidación de las causas penales en términos razonables, de acuerdo a la exposición de motivos que acompañan a esta nueva legislación. Esta nueva legislación contenida en la ley 1, de 3 de enero de 1995, publicada en la Gaceta Oficial No. 22698 de de enero de 1995, incorpora la audiencia preliminar, el proceso abreviado, el proceso directo y la suspensión condicional del proceso, que vienen a sustituir el proceso penal ordinario tal como se encontraba regulado en el Código Judicial que entró a regir el primero de abril de 1987. La aprobación de estos procesos penales hacía necesario que antes y después de la vigencia de la ley , emprendiéramos la capacitación de nuestros funcionarios para dar a conocer el contenido y alcance de la mencionada ley. Se procedió así a realizar seminarios en los cuatro Distritos Judiciales del país de forma que la capacitación en esta materia alcanzara a todos los Jefes de despachos del Órgano Judicial y del Ministerio Público. Este esfuerzo fue posible por el apoyo que brindaron nuestros expositores en cada uno de estos seminarios y a la Agencia Internacional para el Desarrollo (A.I.D.) que facilitó los recursos materiales y humanos necesarios para el éxito de este proyecto.
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