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El sistema acusatorio y la prueba / Graicy Sierra Ospina

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Colombia: L. Vieco e Hijas Ltda., 2008.Edición: 1 edDescripción: 195 páginasISBN:
  • 9789588348162
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 18 ed. D345.2 SIE e.1 8
Resumen: La naturaleza del Estado social de Derecho, moldea las instituciones procesales de conformidad con los cambios políticos suscitados en un contexto jurídico determinado. El proceso considerado como un método dialógico de regulación del conflicto de intereses no permanece distante a la realidad fáctica en que se desenvuelven las partes inmersas en él. El sistema de tendencia acusatoria adoptado por la ley 906 de 2006 se erige como el más garantista al propiciar igualdad de oportunidades de aportación y contradicción de la prueba, entre otros factores. No obstante, la materialización de tal principio no se desprende de su consagración o enunciación legal, sino de la posibilidad que en el plano de la realidad se tenga para hacerla efectiva. De tal suerte que el equilibrio probatorio no dependerá de la mera consagración legal sino de la medición de fuerzas entre la Fiscalía y la Defensa.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D345.2 SIE e.1 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 002748
Libros/ General Libros/ General 9-Veraguas Fondo general Col. General D345.2 SIE e.1 9 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 900630

La naturaleza del Estado social de Derecho, moldea las instituciones procesales de conformidad con los cambios políticos suscitados en un contexto jurídico determinado. El proceso considerado como un método dialógico de regulación del conflicto de intereses no permanece distante a la realidad fáctica en que se desenvuelven las partes inmersas en él. El sistema de tendencia acusatoria adoptado por la ley 906 de 2006 se erige como el más garantista al propiciar igualdad de oportunidades de aportación y contradicción de la prueba, entre otros factores. No obstante, la materialización de tal principio no se desprende de su consagración o enunciación legal, sino de la posibilidad que en el plano de la realidad se tenga para hacerla efectiva. De tal suerte que el equilibrio probatorio no dependerá de la mera consagración legal sino de la medición de fuerzas entre la Fiscalía y la Defensa.

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