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Tratado de la prueba judicial : la prueba pericial / Jairo Parra Quijano

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Colombia : Librería del Profesional, 1991.Edición: 1 edDescripción: 240 páginasISBN:
  • 9586351759
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 18 ed. D345.31 PAR p T.5 8
Resumen: Para el autor la prueba pericial tiene una gran trascendencia en la época actual. Logra asir y recrear los problemas más graves de la mencionada prueba: El manejo, con gran ligereza, que se hace por parte de los funcionarios, de aquella, permitiendo muchas veces que los peritos decreten pruebas; nombrando personas no idóneas que producen un remedo de pruebas ; colocando como un formalismo sin sentido la diligencia de posesión de los peritos que, inclusive, en algunos despachos la tienen primorosamente timbrada, previamente. El nuevo numeral 3°. , del artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, ya ingresó al "matrómetro" de datos sin sentido, cuando al perito en vez de exigírsele que manifieste, es decir, que diga cuál es la experiencia que tiene para rendir el dictamen, simplemente se hace constar que manifestó que la tenía, cuando se le preguntó. Los jueces tiene una gran responsabilidad en la calidad de la prueba pericial, entendiendo que cada vez que angostan la eficacia del órgano judicial, utilizando remedo de pruebas, autorizan en forma indirecta la justicia por mano propia.
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Tipo de ítem Biblioteca actual Colección Signatura topográfica Copia número Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D345.31 PAR p T.5 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 002018

Para el autor la prueba pericial tiene una gran trascendencia en la época actual. Logra asir y recrear los problemas más graves de la mencionada prueba: El manejo, con gran ligereza, que se hace por parte de los funcionarios, de aquella, permitiendo muchas veces que los peritos decreten pruebas; nombrando personas no idóneas que producen un remedo de pruebas ; colocando como un formalismo sin sentido la diligencia de posesión de los peritos que, inclusive, en algunos despachos la tienen primorosamente timbrada, previamente. El nuevo numeral 3°. , del artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, ya ingresó al "matrómetro" de datos sin sentido, cuando al perito en vez de exigírsele que manifieste, es decir, que diga cuál es la experiencia que tiene para rendir el dictamen, simplemente se hace constar que manifestó que la tenía, cuando se le preguntó. Los jueces tiene una gran responsabilidad en la calidad de la prueba pericial, entendiendo que cada vez que angostan la eficacia del órgano judicial, utilizando remedo de pruebas, autorizan en forma indirecta la justicia por mano propia.

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