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Decreto reglamentario de las elecciones generales, del 4 de mayo de 2014 / Panamá -Tribunal Electoral

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Panamá: Tribunal Electoral de Panamá, Departamento de Imprenta, 2013.Edición: 1 edDescripción: 135 páginasTema(s): Clasificación CDD:
  • 18 ed. D342.221 TRI d e.1 8
Resumen: Que el artículo 222 del Código Electoral señala que el Tribunal Electoral establecerá el calendario oficial y adoptará todas las medidas para las elecciones efectúen dentro de los plazos establecidos. Que el artículo 223 del Código Electoral establece que las elecciones para presidente y vicepresidente de la República, diputados al Parlamento Centroamericano, diputados a la Asamblea Nacional, alcaldes, representantes de corregimiento y concejales, tendrán lugar el primer domingo del mes de mayo del año en que deban celebrarse; y si este fuese el primer día del mes, las elecciones se efectuarán el domingo siguiente. Que el primer domingo del mes de mayo de 2014 es el cuarto día del mes.
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Libros/ General Libros/ General 13- Panamá Oeste Fondo general Col. General D342.221 TRI d e.1 13 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 130205
Leyes Leyes 4-Chiriquí, Biblioteca Judicial "Julio Miranda" Fondo general Col. General D342.221 TRI d e.1 4 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 400036
Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D342.221 TRI d e.1 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 001220

Que el artículo 222 del Código Electoral señala que el Tribunal Electoral establecerá el calendario oficial y adoptará todas las medidas para las elecciones efectúen dentro de los plazos establecidos. Que el artículo 223 del Código Electoral establece que las elecciones para presidente y vicepresidente de la República, diputados al Parlamento Centroamericano, diputados a la Asamblea Nacional, alcaldes, representantes de corregimiento y concejales, tendrán lugar el primer domingo del mes de mayo del año en que deban celebrarse; y si este fuese el primer día del mes, las elecciones se efectuarán el domingo siguiente. Que el primer domingo del mes de mayo de 2014 es el cuarto día del mes.

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