La conciliación : aspectos sustanciales y procesales / José Roberto Junco Vargas
Tipo de material: TextoIdioma: Español Detalles de publicación: Colombia : Temis, 2002.Edición: 4 edDescripción: 469 páginasISBN:- 9583503991
- 18 ed. D345.04 JUN e.1 8
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Libros/ General | 4-Chiriquí, Biblioteca Judicial "Julio Miranda" | GENERAL | D345.04 JUN e.1 4 (Navegar estantería(Abre debajo)) | e.1 | Disponible | ||
Libros/ General | 4-Chiriquí, Biblioteca Judicial "Julio Miranda" | GENERAL | D345.04 JUN e.2 4 (Navegar estantería(Abre debajo)) | e.2 | Disponible | ||
Libros/ General | 7-Los Santos, Biblioteca Judicial "Edwin López" Fondo general | Col. General | D345.04 JUN e.1 7 (Navegar estantería(Abre debajo)) | e.1 | Disponible | 700556 | |
Libros/ General | 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general | Col. General | D345.04 JUN e.1 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) | e.1 | Disponible | 002298 |
Con estos comentarios pretendemos hacer un análisis de la figura procesal ideada por el legislador como mecanismo jurídico para desarrollar en el proceso o fuera de él, y que pretende ser el instrumento idóneo en la solución de los conflictos. La conciliación, desde sus albores, ha tenido como finalidad especial y primordial servir de remedio a situaciones de conflicto, y ha sido utilizada en la psicología como mecanismo para apaciguar los ánimos, las conciencias y las pasiones, lograr el equilibrio interpersonal y social, de manera que las controversias puedan solucionarse pacíficamente y por las mismas personas que hacen parte del conflicto. Como se verá, la conciliación es un medio idóneo para evitar los delatados procesos y si estos ya existen, para terminarlos, teniendo al juez como el principal modelo de conciliador, obligado a propender el arreglo entre las partes en litigio, hasta el punto de obligársele a proponer fórmulas de arreglo que se ponen a consideración de las partes, que al ser acogidas constituye una nueva manera de dar por terminado, total o parcialmente, un litigio. Por último, dado que la conciliación es un instituto jurídico, sustancial y procesal nuevo en nuestro derecho y por cuanto se han presentado cuestionamientos, dificultades y dudas, que en cada caso han tenido diferentes maneras de solución, en esta nueva edición se dedica un capítulo al planteamiento de casos que han generado problemas o dificultades, para los cuales se presentan algunas sugerencias que se han tomado de la experiencia y dela práctica judicial, expuestas a ser modificadas o adecuadas, bien por el posible tránsito de legislación bien por la madures que se vaya adquiriendo en la práctica por las dificultades que se presenten o por los criterios personales o de la jurisprudencia que surjan en el devenir judicial.
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