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Indemnización de perjuicios en el proceso penal / Javier Tamayo Jaramillo

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Colombia : DIKE, 1993.Edición: 1 edDescripción: 231 páginasISBN:
  • 9589276458
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 18 ed. D345.2 TAM e.1 8
Resumen: El nuevo Código de Procedimiento Penal, siguiendo una antigua tradición legislativa en nuestro país, introdujo de nuevo la posibilidad de ejercer la acción civil dentro del proceso penal, con miras a que la víctima del hecho punible obtenga la indemnización de los perjuicios patrimoniales o extrapatrimoniales por ella sufridos. Ahora, en lo que se refiere al ejercicio mismo de la acción civil dentro del proceso penal, la nueva legislación obliga a la víctima a elegir entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción penal, lo que significa que el perjudicado no podrá iniciar procesos paralelos contra el sindicado del hecho punible. No obstante, quedan abiertas las posibilidades para iniciar un proceso civil posterior, bajo ciertas condiciones, si es que la indemnización no se obtiene dentro del proceso penal. Así las cosas, nuestra exposición tendrá el siguiente derrotero: las partes en el ejercicio de la acción civil dentro del proceso penal (capitulo primero); el ejercicio de la acción civil dentro del proceso penal (capítulo segundo); efectos de la sentencia penal condenatoria (capítulo tercero); y efectos civiles de la sentencia penal absolutoria (capítulo cuarto).
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Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D345.2 TAM e.1 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.1 Disponible 002741
Libros/ General Libros/ General 8-Panamá, Biblioteca Judicial "Rodrigo Molina Amuy" Fondo general Col. General D345.2 TAM e.2 8 (Navegar estantería(Abre debajo)) e.2 Disponible 002742

El nuevo Código de Procedimiento Penal, siguiendo una antigua tradición legislativa en nuestro país, introdujo de nuevo la posibilidad de ejercer la acción civil dentro del proceso penal, con miras a que la víctima del hecho punible obtenga la indemnización de los perjuicios patrimoniales o extrapatrimoniales por ella sufridos. Ahora, en lo que se refiere al ejercicio mismo de la acción civil dentro del proceso penal, la nueva legislación obliga a la víctima a elegir entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción penal, lo que significa que el perjudicado no podrá iniciar procesos paralelos contra el sindicado del hecho punible. No obstante, quedan abiertas las posibilidades para iniciar un proceso civil posterior, bajo ciertas condiciones, si es que la indemnización no se obtiene dentro del proceso penal. Así las cosas, nuestra exposición tendrá el siguiente derrotero: las partes en el ejercicio de la acción civil dentro del proceso penal (capitulo primero); el ejercicio de la acción civil dentro del proceso penal (capítulo segundo); efectos de la sentencia penal condenatoria (capítulo tercero); y efectos civiles de la sentencia penal absolutoria (capítulo cuarto).

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